Números 35:1

Habló Jehová a Moisés en los campos de Moab, junto al Jordán frente a Jericó, diciendo:

Números 35:2

Manda a los hijos de Israel que den a los levitas, de la posesión de su heredad, ciudades en que habiten; también daréis a los levitas los ejidos de esas ciudades alrededor de ellas.

Números 35:3

Y tendrán ellos las ciudades para habitar, y los ejidos de ellas serán para sus animales, para sus ganados y para todas sus bestias.

Números 35:4

Y los ejidos de las ciudades que daréis a los levitas serán mil codos alrededor, desde el muro de la ciudad para afuera.

Números 35:5

Luego mediréis fuera de la ciudad al lado del oriente dos mil codos, al lado del sur dos mil codos, al lado del occidente dos mil codos, y al lado del norte dos mil codos, y la ciudad estará en medio; esto tendrán por los ejidos de las ciudades.

Números 35:6

Y de las ciudades que daréis a los levitas, seis ciudades serán de refugio, las cuales daréis para que el homicida se refugie allá; y además de éstas daréis cuarenta y dos ciudades.

Números 35:7

Todas las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades con sus ejidos.

Números 35:8

Y en cuanto a las ciudades que diereis de la heredad de los hijos de Israel, del que tiene mucho tomaréis mucho, y del que tiene poco tomaréis poco; cada uno dará de sus ciudades a los levitas según la posesión que heredará.

Números 35:9

Habló Jehová a Moisés, diciendo:

Números 35:10

Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hayáis pasado al otro lado del Jordán a la tierra de Canaán,

Números 35:11

os señalaréis ciudades, ciudades de refugio tendréis, donde huya el homicida que hiriere a alguno de muerte sin intención.

Números 35:12

Y os serán aquellas ciudades para refugiarse del vengador, y no morirá el homicida hasta que entre en juicio delante de la congregación.

Números 35:13

De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de refugio.

Números 35:14

Tres ciudades daréis a este lado del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán, las cuales serán ciudades de refugio.

Números 35:15

Estas seis ciudades serán de refugio para los hijos de Israel, y para el extranjero y el que more entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere de muerte a otro sin intención.

Números 35:16

Si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá.

Números 35:17

Y si con piedra en la mano, que pueda dar muerte, lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá.

Números 35:18

Y si con instrumento de palo en la mano, que pueda dar muerte, lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá.

Números 35:19

El vengador de la sangre, él dará muerte al homicida; cuando lo encontrare, él lo matará.

Números 35:20

Y si por odio lo empujó, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere;

Números 35:21

o por enemistad lo hirió con su mano, y murió, el heridor morirá; es homicida; el vengador de la sangre matará al homicida cuando lo encontrare.

Números 35:22

Mas si casualmente lo empujó sin enemistades, o echó sobre él cualquier instrumento sin asechanzas,

Números 35:23

o bien, sin verlo hizo caer sobre él alguna piedra que pudo matarlo, y muriere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal;

Números 35:24

entonces la congregación juzgará entre el que causó la muerte y el vengador de la sangre conforme a estas leyes;

Números 35:25

y la congregación librará al homicida de mano del vengador de la sangre, y la congregación lo hará volver a su ciudad de refugio, en la cual se había refugiado; y morará en ella hasta que muera el sumo sacerdote, el cual fue ungido con el aceite santo.

Números 35:26

Mas si el homicida saliere fuera de los límites de su ciudad de refugio, en la cual se refugió,

Números 35:27

y el vengador de la sangre le hallare fuera del límite de la ciudad de su refugio, y el vengador de la sangre matare al homicida, no se le culpará por ello;

Números 35:28

pues en su ciudad de refugio deberá aquél habitar hasta que muera el sumo sacerdote; y después que haya muerto el sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra de su posesión.

Números 35:29

Estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones.

Números 35:30

Cualquiera que diere muerte a alguno, por dicho de testigos morirá el homicida; mas un solo testigo no hará fe contra una persona para que muera.

Números 35:31

Y no tomaréis precio por la vida del homicida, porque está condenado a muerte; indefectiblemente morirá.

Números 35:32

Ni tampoco tomaréis precio del que huyó a su ciudad de refugio, para que vuelva a vivir en su tierra, hasta que muera el sumo sacerdote.

Números 35:33

Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis; porque esta sangre amancillará la tierra, y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.

Números 35:34

No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.